Anuncio de Licitación: REFORMA Y AMPLIACION PISCINA MUNICIPAL EN SAN JUSTO DE LA VEGA
Datos del Contrato
Expediente: 1/2018
Tipo de Contrato: Obras
Tramitación: Urgente
Procedimiento: Negociado sin publicidad
Valor Estimado: 49.673,48€ más 10431,43 de I.V.A. haciendo un total de 60104,91 €
Presupuesto Total: Total 60104,91 € correspondientes a 49.673,48€ más 10431,43 de I.V.A.
Plazo Presentación:Fri Feb 23 11:08:00 CET 2018
Órgano de Contratación | Mesa de Contratación |
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Plazo de Ejecución | 45 días |
CPV |
45212212-5 |
Admisión de Prórroga | Sí, una en su caso |
Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación
Tramitación | Urgente | |
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Procedimiento | Negociado sin publicidad | |
Criterios de Adjudicación |
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Garantías
Garantía Provisional | No exigida |
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Garantía Definitiva | 5% del importe de adjudicación, excluido I.V.A. |
Solvencia Económica y Técnica
Solvencia Económica |
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno de los medios siguientes, a) Volumen anual de negocios, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. 3.2. En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por uno o varios de los medios siguientes : a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los diez últimos años, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. b) Declaración indicando los técnicos o las unidades técnicas, estén o no integradas en la empresa, de los que ésta disponga para la ejecución de las obras, especialmente los responsables del control de calidad, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes. c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras. d) En los caso adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato. e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente g) Acreditando la clasificación igual o superior a la que se exigiera , en su caso , en la cuantía de esta obra.
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Solvencia Técnica |
La capacidad de obrar del empresario se acreditará: a. De los empresarios que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. b. De los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. c. De los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. 2. La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones para contratar reguladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre podrá realizarse: a. Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado. b. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
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Clasificación | No necesaria |
Presentación de Ofertas
Fecha Límite de Presentación | Fri Feb 23 11:08:00 CET 2018 |
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Dependencia de Presentación | Oficinas Municipales |
Dirección de Presentación | Cl. Real 75 |
Localidad de Presentación | San Justo de la Vega |
Codigo Postal de Presentación | 24710 |
Admisión de Variantes | Sí |
Apertura de Ofertas
Asunto | Oficina Municipal |
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Lugar de Apertura | Ayuntmiento de san Justo de la Vega cl. Real 75 24710 San Justo de la Vega |
Fecha de Apertura | Wed Feb 28 11:08:00 CET 2018 |